SISALRIL INSTRUYE AUTORIZAR LAS RECETAS ELECTRÓNICAS

SISALRIL INSTRUYE AUTORIZAR LAS RECETAS ELECTRÓNICAS

12.06.2020

A partir del 1 de mayo de 2020 la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) dispuso que las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) y las farmacias deben aceptar las recetas médicas prescritas en forma ambulatoria, tanto en el formato habitual impreso, como en digital, siempre que los medicamentos estén descritos en el catálogo del Seguro Familiar de Salud (SFS).

La disposición está contenida en la circular SISALRIL No. 1741 que establece, además, que a los afiliados que requieran uso continuado de medicamentos del catálogo del SFS, los cuales hubieran sido previamente prescritos por el médico tratante, se mantenga la dispensación continua de los mismos en las farmacias aun cuando no cuenten con una receta médica con fecha actualizada.

La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) aclaró que los medicamentos que contengan substancias controladas no están incluidos en la disposición de aceptar recetas o prescripciones médicas por vía electrónica. La entidad explicó que estos medicamentos deberán ser prescritos y dispensados de acuerdo con el formulario, los requisitos y procedimientos establecidos por las autoridades competentes, conforme a lo previsto por el artículo 31 de la Ley 50-88, sobre Drogas y Sustancias Controladas de la República Dominicana.

ES